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¿Cómo puedo desgravar el seguro médico?

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Los seguros médicos son un complemento muy utilizado en la gran mayoría de empresas. Además de los beneficios que puede otorgar la contratación de un seguro médico, de cara a los trabajadores es un plus de tranquilidad. Ahora bien, ¿es posible desgravar el seguro médico en la declaración de la renta? Te explicamos en qué casos se puede deducir y sus beneficios fiscales.

¿Quién puede desgravar el seguro médico?

Por norma general, la contratación de un seguro médico no es desgravable en la declaración de la renta, independientemente del tipo de seguro que se haya contratado ni del importe que se paga. 

Este impedimento por desgravar viene dado porque un seguro médico es un complemento voluntario, ya que el sistema sanitario español es gratuito y cualquier persona puede acceder a él. Pero, como toda norma, hay excepciones. Es posible desgravar el seguro médico en los siguientes supuestos:

  • Trabajadores por cuenta propia, es decir, autónomos.
  • Trabajadores por cuenta ajena que han contratado un seguro médico facilitado por la empresa en la que trabajan.
  • Compañías y empresas que contribuyen con el Impuesto sobre Sociedades y han contratado un seguro colectivo para sus trabajadores.

Requisitos para desgravar el seguro médico siendo autónomo

Los autónomos tienen que cumplir ciertos requisitos para poder desgravar el seguro médico en su declaración de la renta:

  • La contratación del seguro debe estar registrada en la contabilidad de la empresa.
  • Debe estar justificado, es decir, debe existir una factura por el pago de la contratación del seguro médico.
  • El trabajador debe estar dado de alta en el RETA en un régimen de estimación directa.

Beneficios fiscales

Respecto a la forma de hacer la declaración, si el seguro aparece en estimación directa, se debe completar la casilla 200. En caso contrario, si aparece como “rendimiento de actividades económicas en estimación objetiva”, la deducción del seguro médico se hace de manera automática.

La cuantía máxima que se puede desgravar por el seguro médico es de 500€ por persona. Decimos por persona porque además del trabajador autónomo, es posible que, tanto el cónyuge como los hijos e hijas menores de 25 años, puedan deducirse hasta el 100% del seguro médico. La única condición es que deben residir en el domicilio familiar. Y el límite por persona puede ascender hasta los 1.500€ si alguno de los integrantes familiares sufre alguna discapacidad.

Desgravar el seguro médico como trabajador por cuenta ajena

Es muy habitual que trabajadores por cuenta ajena reciban, como parte de su salario, un seguro médico. El motivo es que los seguros colectivos que contratan las empresas son una importante ventaja fiscal, ya que puede deducirse todo el capital destinado a pagar el seguro médico porque tributa por el Impuesto de Sociedades.

Si el trabajador recibe una póliza médica como parte de su salario, esta parte está exenta de tributación, puesto que no se considera rendimiento del trabajo. Y tal y como ocurre con los trabajadores por cuenta propia, es posible que el cónyuge, e hijos e hijas menores de 25 años puedan deducir este importe en su declaración personal, con las mismas condiciones que explicamos.

Otros seguros que es posible deducir en la declaración de la renta

Además de desgravar el seguro médico, es posible desgravar otros seguros en unas determinadas condiciones:

  • Seguro del coche. Para trabajadores por cuenta propia y el vehículo asegurado esté relacionado con su actividad laboral. Por ejemplo, taxistas o repartidores.
  • Seguro de vida. Para trabajadores por cuenta propia, o si el seguro está vinculado a algún plan de ahorro o hipoteca; o seguro de impago de alquiler.
  • Seguro del hogar. Para trabajadores por cuenta propia, o si el seguro está vinculado a una hipoteca o si se tiene la vivienda arrendada.

Aunque por norma general no es posible desgravar el seguro médico, hay bastantes casos excepcionales donde sí es posible deducir este gasto en la declaración de la renta anual.

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