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Presentación impuesto sociedades

Presentación impuesto sociedades: cuándo y cómo hacerlo

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Antes de que llegue el momento de presentar el Impuesto de Sociedades, debemos tener todas las partidas contables bien claras e ir dejándolo todo preparado. Lo recomendable es analizar previamente el estado financiero de la empresa y determinar qué porcentaje de los beneficios obtenidos vamos a tener que pagar. 

En este artículo te explicamos cuándo y cómo hacer la presentación del Impuesto sobre Sociedades para que puedas hacer este trámite correctamente ante Hacienda.

¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?

El Impuesto sobre Sociedades (IS)es el impuesto que grava la renta de las empresas durante un ejercicio fiscal, ya sea esta una sociedad limitada, anónima, civil, una asociación u otra personalidad jurídica residente en territorio español. 

De la misma manera que el IRPF grava las rentas obtenidas por personas físicas, el IS lo hace sobre los beneficios que obtienen las entidades jurídicas, sociedades mercantiles o sujetos pasivos (fondo de pensiones, de inversión, etc.)

¿Cuánto se paga del impuesto de sociedades?

Para calcular cuánto hay que pagar del Impuesto sobre Sociedades el principal punto de partida es la determinación de la base imponible y el porcentaje que comentábamos antes, es decir, el tipo de gravamen. Este último varía en función del tipo de empresa y la Comunidad Autónoma en la que se tribute.

Por una parte, la base imponible que debemos tener en cuenta es el importe de la renta neta que se ha obtenido durante el periodo impositivo. 

Por otra parte, salvo en Navarra y el País Vasco, que aplican el 28%, el tipo impositivo general en España es del 25%

Además, hay distintos tipos de gravamen especiales para los siguientes casos:

  • Empresas de nueva creación durante los dos primeros ejercicios y siempre y cuando la base imponible resulte positiva: 15%. Para aquellos empresarios que anteriormente hayan tributado como autónomo también se aplicará el 25%.
  • Empresas u organizaciones sin ánimo de lucro regidas por el régimen fiscal que establece la Ley 49/2002: 10%.
  • Cooperativas que están fiscalmente protegidas: 20%
  • Fondos de inversión bancarios y sociedades de inversión: 1%

Así que, de manera muy genérica cabe destacar que el IS se define por la diferencia entre ingresos y gastos obtenidos durante el ejercicio del año anterior al que se presenta el impuesto multiplicado por el tipo de gravamen. Pero, en realidad, este cálculo es más complejo, ya que también hay que tener en cuenta las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, bonificaciones, deducciones, retenciones e ingresos a cuenta, pagos fraccionados, etc. 

Como ejemplos de gastos fiscalmente deducibles a tener en cuenta para la presentación del Impuesto sobre Sociedades podemos citar aquellos gastos necesarios para el desarrollo de la actividad económica: gastos de personal, de oficina, seguros sociales, maquinaria,… En cuanto a los gastos no deducibles te hablamos de ellos en este post.

Es por todo ello que es recomendable contar con asesoramiento fiscal y contable para preparar el Impuesto sobre Sociedades, ya que al final de cada ejercicio hay que representar el resultado contable de la sociedad de manera correcta, asegurarnos de que los gastos deducibles y ajustes están incluidos y reflejar la imagen real de la empresa.

Cuándo se presenta el Impuesto sobre Sociedades

El IS se paga en diferentes momentos del año, ya que hay que tener en cuenta tanto la declaración anual como los pagos fraccionados.

Por tanto, para la presentación del IS deberemos tener en cuenta dos modelos en función de cada fecha:

  • El Modelo 200, para la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades: Se presenta entre los días 1 y 25 de julio.
  • El Modelo 202, para los pagos fraccionados: Se presenta durante los primeros 20 días de los meses de abril, octubre y diciembre. Este modelo hay que presentarlo en aquellos casos en los que durante el año anterior se hayan obtenido beneficios, de manera que la Agencia Tributaria pueda cobrar anticipadamente.

Por último, es importante tener en cuenta que para los grupos de sociedades cooperativas (que son los que hace referencia el Real Decreto 1345/1992) la presentación del Impuesto sobre Sociedades se declara mediante el modelo 220, desde el 1 hasta el 22 de julio.

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