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Cómo saber quién me ha embargado la nómina

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Recibes la notificación bancaria de que acabas de cobrar tu nómina mensual pero, cuando te fijas en tu sueldo neto te das cuenta que es considerablemente inferior a otros meses. ¡Te han embargado la nómina! Aunque es una situación más frecuente de lo que imaginas, debes conocer todos los detalles acerca de este procedimiento y cuál es la actuación más apropiada.

¿Por qué motivos me pueden embargar la nómina?

Hay diversos motivos por los que te pueden embargar la nómina, pero las principales razones derivan de:

  • Tener una deuda con Hacienda
  • Tener una deuda con la Seguridad Social
  • Ejecución de deudas bancarias
  • Impagos por facturas, pensiones, etc.
  • No pagar una sanción económica o una condena de carácter económico dictadas por sentencia

Lo que debes saber sobre el embargo de la nómina

El embargo de una nómina se produce cuando, bien la Administración del estado (mediante la Agencia Tributaria o la Tesorería General de la Seguridad Social), o bien, un juzgado, decreta por medio de sentencia firme la retención de un salario, situación generada como consecuencia de deudas e impagos pendientes.

Una vez que hay una orden por sentencia, la empresa en la que trabaja el deudor recibe una notificación del juzgado o la administración con los conceptos y la cuantía del embargo. Por tanto, es la empresa quien tiene la obligación de retener la parte del salario que la notificación le indica, aunque no sea la persona acreedora. A la vez que la empresa retiene la cuantía del embargo ingresará dicha cantidad en la cuenta que le hayan ordenado.

De no ejecutar el embargo de la nómina, la empresa tendría problemas legales, ya que se la consideraría responsable subsidiaria de la deuda de su empleado.

Sin embargo, el embargo no se puede hacer sobre la totalidad de la nómina, ya que existen límites que, por ley, se deben respetar. Para este cálculo hay que considerar la división del salario neto en tramos, puesto que cuanto más se cobre más nos pueden embargar. El primer tramo correspondería a la cantidad equiparable al SMI, que no se puede embargar. En el segundo, que puede ser hasta el doble del SMI, se puede embargar el 30%. En el caso de que el salario sea hasta el triple del SMI, el embargo podría ascender al 50%, y así sucesivamente hasta llegar al 90% de la nómina embargada. Y aún se complica más la cosa si existen pagas extraordinarias.

¿Tienen que notificarme el embargo de nómina?

La notificación del embargo la recibe la empresa del deudor y, esta, a su vez, tendrá que entregar al trabajador un justificante sobre el ingreso de estas cantidades a la administración correspondiente. De esta forma, conoceremos el organismo que ordena el embargo y, después, podremos consultar al mismo sobre el origen de dicho embargo.

Respecto a la cantidad de salario no embargada, la empresa tendrá que ingresarla a su trabajador de la manera habitual.

Para evitar el enfrentamiento sobre quién te ha embargado la nómina y evitar problemas, lo mejor es tratar de saldar las deudas e impagos cuanto antes. Es evidente que de tener pagos pendientes tratarán de notificártelo personalmente pero, en caso de no obtener respuesta, podrán proceder a la notificación del embargo directamente a la empresa responsable de tus nóminas.

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