Ante una sentencia judicial en la que el juez falla a favor de la parte demandante y obliga a pagar una deuda contraída, ya sea por una persona física o jurídica, la parte deudora debe abonar la cantidad que debe. Pero puede que surja la duda de si se puede pagar a plazos una sentencia judicial. En este post te lo aclaramos.
En muchos casos, las demandas por deudas se resuelven por un procedimiento judicial llamado juicio monitorio, que acelera el proceso de cobro de las deudas que haya contraído una persona física o jurídica.
Cuando, tras el juicio monitorio, existe una sentencia judicial que obliga al pago de la deuda, la persona deudora debe realizar el pago, a través del medio que indique la resolución judicial. De no hacerlo se expone a que su patrimonio sea embargado.
Para saber si se puede pagar a plazos una sentencia judicial, debemos ver antes cuáles son las fases del juicio monitorio.
Llegados a este punto, la persona deudora tiene tres opciones:
La notificación debe realizarse directamente en el domicilio de la persona deudora. En la fase de solicitud, la parte acreedora ha presentado los datos de la parte deudora, lo que permite presentar la notificación adecuadamente.
Sila parte deudora decide no recibir la notificación, se debe informar inmediatamente para que la resolución quede a disposición en la oficina judicial que corresponda.
Si no se localiza a la parte deudora puede ser por dos razones:
Cuando la parte deudora decide pagar la deuda debe abonar, a través del medio indicado en la sentencia judicial, el importe que corresponda al total de la deuda contraída. Es decir, no se puede pagar a plazos una sentencia judicial. Además, la parte deudora debe correr, si procede, con las costas judiciales del proceso.
Para realizar el pago se tiene en cuenta si las partes han llegado a un acuerdo, para así determinar la forma de pago. La más adecuada es una cuenta bancaria de consignaciones del propio juzgado, que será el encargado de hacer llegar a la parte acreedora la suma de dinero que les corresponda.
Cuando la parte deudora ha pagado la deuda debe presentar al tribunal la documentación que lo certifica. Será entonces cuando el tribunal archive el caso.
En este caso el juzgado embargará aquellos bienes que estén a nombre de la parte deudora y cubran el importe de la deuda. Es importante tener en cuenta que no son embargables ni el salario, ni la pensión, ni las retribuciones o equivalentes que no superen el salario mínimo interprofesional.
Ahora sabes que no se puede pagar a plazos una sentencia judicial pero, además, otros detalles importantes en estos casos. Esperamos que este artículo te haya servido de ayuda.