La subrogación laboral sucede cuando una empresa es traspasada de una persona a otra. Ante esta situación los empleados siguen trabajando en la misma empresa, sin importar quién sea la persona que esté al frente de la misma. Pero hay más: en este post te contamos cómo funciona la subrogación laboral.
La subrogación laboral se da cuando un empresario, con el que sus trabajadores han firmado un contrato laboral, traspasa el cumplimiento de ese contrato laboral a una tercera persona. Este hecho es legal, ya que aparece en el artículo 44 del Estatuto de los trabajadores, que empieza diciendo “El cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extinguirá por sí mismo la relación laboral”.
En la subrogación laboral no importa el motivo del cambio de persona al frente de la empresa. Puede ser por jubilación, por venta a otra persona, o por venta o fusión, entre otras muchas opciones.
Los motivos de la subrogación laboral no influyen para que la nueva persona al frente de la empresa deba ocuparse de las personas que trabajan en la empresa.
La subrogación laboral implica que el empleador es una nueva persona, pero las condiciones laborales deben mantenerse. Por lo tanto, conceptos como el salario, la categoría o la antigüedad deben mantenerse tal y como vienen indicados en el contrato firmado con el anterior empleador.
La nueva empresa, o el nuevo empleador, debe informar sobre la subrogación laboral tanto a los empleados como al SEPE, que debe recibir el comunicado firmado por todos y cada uno de los empleados.
El nuevo empleador también deberá adquirir todas las obligaciones laborales y de la Seguridad Social que tenían los empleados con la empresa o dueño saliente.
Igual que el nuevo empleador debe hacerse cargo de los empleados, un empleado también está obligado a ser subrogado y debe aceptar la nueva situación. La subrogación laboral no supone la liquidación del contrato anterior, sino que todo debe mantenerse de la misma manera.
Aun así, la empresa puede decidir trasladarse a otro centro de trabajo o incluso a otra ciudad. Si el traslado es a otra ciudad, si hay alguna modificación en el contrato laboral o si el empleado no está de acuerdo en algún aspecto de su nueva situación, deben seguirse los pasos establecidos por ley para cualquier reclamación. Es decir, el empleado puede solicitar la extinción de contrato, para lo que se seguirá el procedimiento habitual, sin importar que haya habido una subrogación laboral.
Por lo tanto, una subrogación laboral no es más que en un cambio de dueño de una empresa, sea cual sea el motivo. El nuevo empleador debe mantener los contratos laborales de los empleados y, si hay algún inconveniente por parte del empleado, se sigue el procedimiento habitual.