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modelo 309

¿Es obligatorio presentar el modelo 309?

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El modelo 309 es poco habitual, pero esto no quiere decir que no debas conocerlo, especialmente si eres autónomo de comercio minorista. Infórmate en qué casos es obligatorio presentar este modelo y liquidar el IVA y en qué casos no hay que hacerlo.

Como sabrás, el Impuesto sobre el Valor Añadido es un impuesto que se paga al Estado por el uso de un determinado servicio o por la adquisición de un bien. Deben liquidarlo profesionales y empresarios; de ahí a las famosas declaraciones trimestrales y anuales de IVA. Sin embargo, este se presenta mediante diversos modelos, cada uno de ellos presenta diferentes casos y excepciones. Uno de ellos es el 309.

¿Qué es el modelo 309? 

El modelo 309 es un modelo no trimestral de autoliquidaciones de IVA que solo se presenta a Hacienda cuando se realizan determinadas operaciones. 

modelo 309

Quiénes están obligados a presentar el modelo 309

Los trabajadores autónomos que no están obligados a presentar el IVA de manera periódica deberán presentar el modelo 309; es decir, quienes presenten aquellas situaciones que no contemplan los modelos 303 o 390.

Estos son los casos en los que es obligatorio:

  • Personas acogidas al régimen especial de agricultura, ganadería y pesca
  • Los autónomos que están acogidos al régimen especial del recargo de equivalencia, (que es un régimen especial de IVA destinado a comerciantes minoristas que no tengan que presentar declaraciones de IVA) y, a su vez, cumplan alguna de las siguientes condiciones:
    • Haber realizado adquisiciones de bienes a países miembros de la Unión Europea
    • Haber realizado operaciones con inversión del sujeto pasivo y que, por tanto, deben responder a las obligaciones fiscales de una operación comercial (en el caso de que el destinatario de la facturación no sea un cliente final, sino una empresa o profesional). No obstante, Hacienda especifica todas las actividades en las que se contempla este caso en la Ley 28/2014 del Impuesto del Valor añadido 
  • Personas físicas o jurídicas no empresarias o profesionales e importen medios de transporte nuevos de otros países de la Unión Europea
  • Fundaciones benéficas
  • Sujetos pasivos sin derecho a deducción por Orden de Hacienda, que son los que se especifican en el artículo 14, 1.2 de la Ley de IVA

¿Cuándo no es obligatorio presentar el modelo 309? 

Si no estás sujeto al Recargo de Equivalencia o tu actividad profesional está sujeta a IVA no estás obligado a presentar el modelo 309 a Hacienda. En el segundo caso, tus obligaciones fiscales para liquidar el IVA se corresponden con los modelos 303 o 390.

Detallemos a grandes rasgos los casos que contemplan los otros modelos de IVA.

  • Modelo 303: Es el que afecta a las declaraciones trimestrales del IVA en referencia a los pagos o cobros que se reflejan en las facturas emitidas por las empresas y autónomos. Esto es, los cobros de IVA que han efectuado a los consumidores finales y, a su vez, los pagos a otras empresas por el uso de bienes o servicios deducibles
  • Modelo 309: Es la declaración anual en la que se resumen las operaciones vinculadas a la liquidación del IVA, como una versión extendida del 303.

Plazos para presentarlo

Si cumples algunos de los casos descritos como obligatorios para presentar el modelo 309, deberás hacerlo en los siguientes plazos:

  • Del 1 al 20 de abril: 1º trimestre
  • Del 1 al 20 de julio: 2º trimestre
  • Del 1 al 20 de octubre: 3º trimestre
  • Del 1 al 30 de enero del próximo año: 4º trimestre

Por otra parte, tienes que tener en cuenta que si se trata de la adquisición intracomunitaria de un nuevo vehículo o medio de transporte, tendrás que presentar el 309 antes de que pase un mes desde el día de la transacción y, sobre todo, antes de la matriculación definitiva. Si has comprado más de un medio de transporte, deberás hacer un modelo 309 por cada uno de ellos.

Esperamos haber resuelto tus dudas respecto a la obligación de presentar el modelo 309.

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