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Modelo 184

Modelo 184: todo lo que debes declarar en él

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Las entidades que no están obligadas a tributar por el Impuesto de Sociedades y agrupan a distintas personas se consideran entidades en régimen de atribución de rentas. Este tipo de organizaciones deben presentar el Modelo 184. Infórmate en qué casos hay que presentar este modelo, quién debe presentarlo exactamente y qué hay que declarar en él.

Como son las entidades en régimen de atribución de rentas quienes deben declarar a Hacienda mediante el Modelo 184, primero debemos aclarar la definición de estas entidades.

¿Qué son las entidades en régimen de atribución de rentas?

Se trata de entidades que no están obligadas a pagar el Impuesto de Sociedades, aquellas en las que cada uno de sus socios o miembros debe tributar de forma personal y, además tengan ingresos superiores a los 3.000€ al año derivados de su actividad económica. A excepción de las sociedades civiles o aquellas con objeto mercantil, son entidades que carecen de personalidad jurídica.

Estas son las comunidades de propietarios, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las herencias yacentes y todas aquellas entidades que formen una unidad económica o un patrimonio separado.

Qué es el Modelo 184

El Modelo 184 es una declaración tributaria informativa que tienen la obligación de presentar las entidades en régimen de atribución de rentas a la hora de hacer la declaración anual de ingresos, gastos y beneficios. 

Se dice que esta declaración tributaria es de carácter informativo porque su presentación no implica el pago de impuestos o devoluciones, pero sí requiere la descripción de las operaciones realizadas a lo largo de un año.

Por tanto, en el modelo 184 se declaran todos los ingresos procedentes de las actividades económicas de la entidad, del capital mobiliario o inmobiliaria, así como las ganancias y pérdidas patrimoniales.

Por ejemplo, si en una comunidad de propietarios se vende la vivienda del portero, hay una fachada para publicidad o recibe subvenciones y los ingresos que se obtienen en total son superiores a los 3000€, dicha comunidad deberá hacer la declaración tributaria informativa por el modelo 184.

Al margen de la presentación del modelo 184, cada miembro de la entidad deberá tributar individualmente en función de su grado de participación.

Cómo se presenta y qué se declara en el Modelo 184

Accede a la página web de Hacienda para la presentación anual del Modelo 184.

Una vez solicites el documento a rellenar es importante que tengas en cuenta la siguiente información:

  • Identificación de la entidad y NIF
  • Fecha de la declaración informativa
  • Número total de socios o integrantes partícipes de la entidad. Habrá que especificar quién es la persona representante, que será la encargada de presentar este modelo.
  • Tipo de entidad: sociedad civil, comunidad de bienes, comunidad de propietarios, herencia yacente u otras.
  • Capital mobiliario e inmobiliario: con sus correspondientes ingresos, gastos, renta atribuible y reducciones aplicables. Habrá que distinguir los rendimientos obtenidos en España de los del extranjero.
  • Rendimientos de actividades económicas: Esta sección se presenta como la anterior, pero es aún más importante. Habrá que aplicar las normas del IRPF e indicar el tipo de actividad, el epígrafe del IAE que corresponde y el régimen de rendimientos.
  • Relación de socios y partícipes, con sus respectivos datos identificativos

Otros datos:

  • Rentas por invertir en Instituciones de Inversión Colectiva
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales
  • Deducciones aplicables por la Ley de IRPF
  • Retenciones e ingresos soportados por la entidad
  • Exceso de rentas en países del extranjero que no tengan convenio con España

Cuándo se presenta

Recuerda: Siempre que las entidades en régimen de atribución de rentas realicen una actividad económica o hayan obtenido ingresos superiores a los 3.000€ a lo largo del año, hay obligación de presentar el modelo 184.

El plazo para presentar el modelo 184 suele ser todos los años del 1 al 31 de enero.

En el caso de que una entidad en régimen de atribución de rentas no presente esta declaración informativa podrá enfrentarse a una sanción fiscal.

De forma paralela, cada socio de la entidad tributará en función de los resultados que se imputen a cada uno mediante la presentación del Modelo 130 (si es por estimación directa) y 131 (estimación objetiva). En estos modelos los socios deberán declarar el porcentaje de la entidad que les pertenezca.

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