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¿Qué es la base reguladora por incapacidad permanente y cómo se calcula?

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Si te han concedido la incapacidad permanente seguramente quieras saber de cuánto va a ser la cuantía que vas a recibir. Para esta prestación, como para cualquier otra, es necesario saber la base reguladora que gestiona la prestación. Por eso vamos a mostrarte cómo se calcula la base reguladora de una incapacidad permanente.

¿Qué es una base reguladora?

Antes de entrar a calcular cuánto es la base reguladora por incapacidad permanente, empecemos por el concepto base. La base reguladora es una cantidad de la que se parte para calcular las prestaciones que un trabajador tiene derecho a percibir. Es decir, un trabajador puede recibir una prestación por estar de baja o por estar en desempleo. 

La cantidad a percibir por este tipo de prestaciones se calcula desde una cantidad base, que es la base de cotización. Y esta base es diferente para cada persona, aunque muchos pueden coincidir. Esta base se calcula según lo que haya contribuido el trabajador al sistema, es decir, la base reguladora se calcula en base a la cotización que ha tenido una persona en un determinado periodo de tiempo. La prestación que queda para cobrar suele ser un porcentaje de la base reguladora, según el tipo de prestación.

¿Cómo calcular la base reguladora por incapacidad permanente?

La base reguladora para una incapacidad permanente se calcula según dos datos:

  • Según la base reguladora, explicada en el anterior punto.
  • Según el grado de incapacidad concedido. A mayor incapacidad, mayor será el porcentaje de base reguladora que se aplicará.

Otro dato a tener en cuenta para este tipo de incapacidades es que si la incapacidad proviene de una enfermedad común, la persona que obtiene la incapacidad debe tener un periodo de cotización mínimo. Este periodo variará según la edad de la persona que recibe la incapacidad.

Y si la incapacidad proviene de un accidente, sea laboral o no, o de una enfermedad profesional, no se exige un periodo mínimo de cotización.

Como la mayoría de reglas, hay una excepción. Si la incapacidad concedida es permanente parcial, se exige un periodo mínimo de cotización de 1.800 días, que se contabilizan en los 10 últimos años desde la fecha en la que la incapacidad temporal pasa a ser permanente.

Incapacidad permanente parcial

Para esta incapacidad, se toma la base reguladora que se utilizó para calcular la prestación de incapacidad temporal.

  • Si la baja es por enfermedad común o accidente no laboral, se coge la base de contingencias comunes
  • Si la baja es por accidente laboral o enfermedad profesional, se toma la base de contingencias profesionales.

Este tipo de incapacidad no da derecho a una pensión, sino a una indemnización, que es de 24 mensualidades según la base reguladora del trabajador.

Incapacidad permanente total

En este tipo de incapacidad, se pueden dar 3 casos:

  • Si la incapacidad es producida por una enfermedad común, se tienen en cuenta las bases de cotización de los últimos 8 años. A esta base se le  aplica un porcentaje en función de si el trabajador va a cotizar lo que le falta hasta la edad de jubilación.
  • Si es por accidente no laboral, se coge la base de los 24 meses ininterrumpidos de los últimos 7 años cotizados.
  • Si es por accidente de trabajo o enfermedad profesional, se coge la base de cotización de contingencias profesionales del último año, que incluye todos los complementos salariales.

La prestación económica en este caso puede ser una pensión mensual o una indemnización. En el caso de indemnización, el trabajador debe tener menos de 60 años, dentro del plazo de los 3 años siguientes a la fecha de la resolución. El porcentaje se fija en función de la edad del beneficiario.

Para optar por una pensión, el porcentaje que se aplica a la base es del 55%. Además, cuando el trabajador cumpla 55 años y acredite que tiene problemas para encontrar trabajo, el porcentaje ascenderá al 75%.

Incapacidad permanente absoluta y gran invalidez

La base que se utiliza en este caso es la misma que en la incapacidad permanente total, pero sin aplicar ningún porcentaje. Pero si el trabajador no está dado de alta en ninguna empresa, ni en situación de asimilada al alta, la base será la de los 96 meses anteriores al hecho causante.

En cualquiera de los casos, se recibe el 100% de la base reguladora. Con un plus en los casos de gran invalidez para la persona cuidadora dada por esta suma:

  • 45% de la base mínima de cotización vigente en el momento del accidente.
  • 30% de la última base de cotización del trabajador correspondiente a la contingencia de la que derive la incapacidad permanente

Estos son todos los datos más relevantes que necesitas tener para saber la base reguladora de una incapacidad permanente, y a cuánto asciende aproximadamente lo que se cobra por una incapacidad así.

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