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Lucro cesante

¿Qué se entiende por lucro cesante?

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El lucro cesante es cuando una empresa deja de percibir un beneficio o ganancia como consecuencia de una serie de daños y perjuicios que son provocados por un tercero, un acto ilegal o el incumplimiento de un contrato. Cuando el afectado demuestra que, efectivamente, esta situación se ha dado así, quienes hayan causado el daño o incumplimiento deberán indemnizar a la empresa hasta reparar el daño generado.

Hoy en día como empresa debemos estar debidamente informados ante cualquier incidente que pueda surgir y que comprometa la supervivencia del negocio. De hecho, una de las preocupaciones más comunes reside en la pérdida de beneficios. ¿En qué casos podemos estar ante un lucro cesante y cómo solucionar esta situación para salvar los ingresos del negocio? Te lo explicamos a continuación.

El lucro cesante y el daño emergente 

Cuando hablamos de lucro cesante a menudo se suele confundir este con otro término, el daño emergente. El segundo caso se refiere más al valor de la pérdida sufrida, algo que se produce en el momento como resultado de un acto u omisión de un tercero y, como consecuencia, deriva en una pérdida patrimonial. No obstante, la diferencia es que, a la hora de paliar el lucro cesante no se repara en una disminución del patrimonio, sino en un cese del incremento del mismo, un beneficio que se deja de obtener.

Aunque el concepto de lucro cesante pueda parecer algo complejo, afortunadamente podemos tomar como referencia el Código Civil, que en su artículo 1106 hace referencia a la obligación de su indemnización. “La indemnización de daños y perjuicios comprende, más allá del valor de la pérdida sufrida, el de la ganancia que el acreedor haya dejado de obtener”, establece el artículo.

Por tanto, el lucro cesante no solo trata de los perjuicios y daños generados en el momento, sino que también se basa en un hecho posible en el futuro. No obstante, el lucro cesante es difícil de acreditar, ya que es la empresa afectada la que debe demostrarlo y alegar que existe una relación directamente proporcional entre el incumplimiento o daño generado y el dejar de recibir unas ganancias.

El lucro cesante y el coronavirus, ¿son compatibles?

Es evidente que la COVID-19 ha afectado negativamente al desarrollo de muchos comercios, sobre todo en lo que respecta a la hostelería. Es por ello que muchas empresas se preguntan si pueden reclamar una indemnización por lucro cesante para combatir este tipo de perjuicios. 

Sin embargo, no hay que confundir las circunstancias que pueden conducir a la interrupción de la actividad económica para cobrar una indemnización por lucro cesante con la paralización de la actividad como medida decretada por el gobierno para hacer frente al coronavirus. Esta última, al ser una situación extraordinaria, es una circunstancia que corresponde al gobierno y no a las aseguradoras a la hora de paliar sus efectos. Es por ello que hay medidas de contención que tratan de prevenir un impacto económico negativo en los negocios y que están contempladas por el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo.

¿Cómo solicitar el lucro cesante?

Por ejemplo, si tenemos un siniestro que perjudica la productividad de la actividad económica presente y futura, podemos solicitar el lucro cesante con la ayuda de un perito. Esta figura es quien se encargará de emitir un informe que respalde el derecho a recibir la indemnización por el beneficio perdido. Por tanto, podrá demostrar la existencia del lucro cesante y determinar la relación de causalidad. Para ello, habrá que presentar pruebas que determinen la cuantía económica de los daños y perjuicios. Se suelen presentar declaraciones fiscales, libros de cuentas, seguros de empresas, seguros personales, auditorías, informes de incapacidad e invalidez, inversiones… 

Con todo ello, es evidente que en este sentido juega un rol importante los seguros de comercio que cuenten con la cobertura de lucro cesante. Al contratar un seguro de estas características, la compañía aseguradora se encargará de hacernos todo este procedimiento mucho más fácil y, así, podremos estar cubiertos en el caso de sufrir daños directos e indirectos ante determinados incidentes.

Los seguros que cubren el lucro cesante para tu negocio

Las compañías aseguradoras podrán indemnizar al asegurado por la pérdida de beneficios generados después del siniestro, una modalidad que la empresa podrá contratar de manera independiente o como complemento a otra póliza.

Conoce los seguros que incluyen el lucro cesante entre sus coberturas según el tipo de negocio del que hablemos.

Seguros para comercios

Hay seguros para comercios que cuentan entre sus coberturas opcionales con el lucro cesante. Esta cobertura dispone, a su vez, de diferentes opciones para paliar esas ganancias que dejamos de percibir. Estas opciones incluyen: una indemnización diaria para poder compensar cada día que el negocio esté cerrado, la pérdida de un beneficio bruto o la cobertura de pérdidas de alquileres, en el caso de que tengas un local comercial alquilado a terceros y este sufra un siniestro.

Seguros para hostelería con lucro cesante

El seguro para hostelería de Occident incluye una protección específica para este tipo de negocios, pues sabemos que se pueden ver afectados por una larga lista de incidentes. Por esta razón, entre las coberturas opcionales de este seguro también se encuentra la indemnización por lucro cesante, para lo que habrá que demostrar que la pérdida de beneficios presente y futura es causada por algunas de las circunstancias que describe la póliza (responsabilidad civil, daños eléctricos, gastos derivados de siniestros, robo, etc.)

Seguros para oficinas con lucro cesante

Los seguros especialmente configurados para las oficinas de empresa también incluyen una protección frente a los casos que se demuestre la existencia de lucro cesante: daños por agua, robos, sobretensiones eléctricas, rotura de cristales… En esta modalidad de seguro, al igual que para los comercios o para los seguros de hostelería, esta cobertura incluye la opción de indemnización diaria, pérdida de alquileres y pérdida de beneficio bruto.

Hay que considerar que, según la Ley de Contrato de Seguro, en los seguros de lucro cesante no se puede predeterminar el importe de la indemnización en caso de siniestro. No obstante, lo que sí se podrá detallar en los contratos son los casos en los que las empresas podrán acogerse a él y los criterios que se seguirán para cuantificar dicha indemnización.

Si podemos demostrar que la pérdida de beneficios es generada por las causas contempladas en la cobertura de las pólizas, sin duda optaremos a la indemnización por lucro cesante por parte de aseguradoras como Occident. De esta forma, podremos seguir incrementando nuestros beneficios y apostar por el crecimiento del negocio sin el perjuicio de daños ajenos.

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