Como autónomo, debes saber si tienes derecho a solicitar prestaciones por desempleo en caso de cese de la actividad. Por desgracia, existe el pensamiento erróneo generalizado de que los autónomos no tienen protección en caso de tener que cerrar el negocio. Esto no es del todo cierto: los autónomos pueden solicitar el paro de autónomos. Descubre aquí todo al respecto.
Según la normativa vigente, existen condiciones específicas que un autónomo debe cumplir para tener derecho a solicitar el paro de autónomos. Los requisitos que se deben cumplir suelen estar vinculados al cese de actividad y deben ser evaluados cuidadosamente antes de presentar la solicitud. Primero vamos a ver los distintos motivos que están vinculados al cese de la actividad de un trabajador autónomo.
Uno de estos 4 motivos suelen ser los más habituales para que un trabajador autónomo ponga fin a su actividad:
El cese de la actividad de un trabajador autónomo puede ser consecuencia de causas de fuerza mayor, situaciones imprevistas e inevitables que afectan de manera significativa la capacidad de mantener la actividad económica. Tales circunstancias pueden incluir desastres naturales, crisis económicas, pandemias u otros eventos extraordinarios que escapan al control del autónomo.
En algunos sectores, como la hostelería o el comercio, la obtención y mantenimiento de ciertas licencias es esencial para poder operar de manera legal. La no revocación de una licencia para estos sectores puede deberse a incumplimientos normativos, cambios en la normativa, incumplimientos del contrato, faltas administrativas o delitos que se pueden atribuir al trabajador autónomo.
Cuando una trabajadora autónoma se ve afectada por esta problemática, tiene el derecho de solicitar el paro de autónomo por cese de actividad. Se debe documentar adecuadamente la situación, incluyendo pruebas que respalden la condición de víctima de violencia de género y su impacto en la capacidad para mantener la actividad económica.
El cese de la actividad, en este caso, puede deberse a diversas razones, desde la necesidad de reorganizar la vida laboral hasta cambios en las circunstancias financieras. La división de bienes y las nuevas responsabilidades pueden afectar la capacidad de continuar con la actividad autónoma. Para poder pedir el cese por este motivo, es necesario realizarlo en los 6 meses siguientes a la resolución o acuerdo de separación.
Es posible solicitar el cese cuando se reduce el 60% la jornada de trabajo de los empleados de la empresa, o se produce una suspensión temporal de este mismo porcentaje, y siempre que haya habido una reducción en los ingresos del 75% con respecto a otros años.
Si no tienes empleados, es posible pedir el cese cuando las deudas sean de al menos el 150% de los ingresos de los 2 trimestres fiscales anteriores. Y estos ingresos deben ser menores al 75% del mismo periodo del ejercicio anterior, e inferiores al SMI o la base por la que cotice si es menor al SMI.
Para acceder al paro de autónomos, se deben cumplir ciertos requisitos:
La cantidad que se cobra en el paro de autónomos varía según las cotizaciones realizadas durante el periodo de actividad. Se utiliza 70% de la base reguladora, calculada según los 12 meses anteriores al cese de la actividad. Para ceses debidos a fuerza mayor temporal parcial, se utiliza el 50% de la base.
El máximo a cobrar es el 175% del IPREM sin hijos a cargo, siendo del 200% con un hijo y del 225% con dos. El mínimo variará entre el 80 y el 107%, dependiendo de la cantidad de hijos a cargo.
El tiempo que se puede cobrar la prestación dependerá de los meses cotizados, contando los 48 anteriores desde el cese de la actividad:
Aunque en general se cree que los autónomos no tienen protección en caso de cese de la actividad laboral, la realidad es que existe un paro de autónomos que puede aliviar a quienes tengan que terminar con su actividad profesional.