¿Desgrava el seguro de vida en la declaración de la renta? Esta es una pregunta que genera muchas dudas y, en general, no tiene una respuesta sencilla. La posibilidad de desgravar el seguro de vida depende de varios factores, como si la póliza está asociada a una hipoteca, si es un seguro estándar, si el titular es autónomo o beneficiario, o si existen planes de ahorro o pensiones. Vamos a analizar en detalle en qué casos desgrava el seguro de vida.
Antes de adentrarnos en el tema, es fundamental comprender qué implica la desgravación fiscal. En términos simples, la desgravación fiscal se refiere a la reducción de la cantidad de impuestos que una persona debe pagar. Esto se logra mediante la deducción de ciertos gastos, inversiones o contribuciones a la seguridad social de la base imponible del contribuyente.
En España, las primas de los seguros de vida no suelen desgravar en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Sin embargo, existen algunas excepciones específicas.
Las primas relativas a un seguro de vida no son susceptibles de desgravación en la declaración de la renta, a no ser que el seguro de vida esté vinculado a una hipoteca de vivienda de forma expresa y que la misma se hubiese constituido para la adquisición (o, en su caso, para la construcción), rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013.
Así mismo, el seguro ha de estar incluido en la escritura del préstamo hipotecario detallando incluso el número de póliza al que se refiere. La alusión a los autónomos y la desgravación de prima no es aplicable para los seguros de vida, sino sobre un seguro de enfermedad.
En el caso de un seguro de vida ligado a una hipoteca, la deducción que se puede realizar es del 15%, hasta un máximo de 9.040 €, siempre y cuando la hipoteca se haya contratado antes del 1 de enero de 2013.
En el caso de los trabajadores autónomos, según la Agencia Tributaria española, no es aplicable para los seguros de vida, sino sobre un seguro de enfermedad. Sin embargo, hay algunas excepciones. Por ejemplo, si el seguro de vida está vinculado a una hipoteca utilizada para adquirir un inmueble que se destina a la actividad económica del autónomo, es posible que las primas del seguro de vida puedan ser consideradas gastos deducibles en la declaración de la renta. Además, si el autónomo contrata un seguro de vida como parte de un plan de pensiones, las aportaciones realizadas al plan podrían tener ventajas fiscales específicas, aunque no necesariamente por las primas del seguro de vida en sí.
El seguro de vida no puede desgravarse si se incluye en un plan de ahorro o pensiones, pero sí sobre un seguro de enfermedad.
En el resto de casos, como un seguro de vida convencional contratado por un particular que no es autónomo ni está vinculado a otro producto financiero, no es posible deducir el seguro de vida.
Para deducir correctamente los seguros de vida, es esencial tener la documentación adecuada para justificar los gastos ante Hacienda. Esto incluye el importe total de la prima y los gastos del seguro, así como la fecha de facturación.
Es importante también determinar quién es el beneficiario. Si el tomador del seguro y el beneficiario son la misma persona, el seguro se declara en la parte del IRPF. Si el beneficiario es distinto del tomador, el seguro debe declararse en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
El seguro de vida puede cobrarse de dos maneras: en un único pago o en varias veces, en forma de renta. Dependiendo de la forma de cobro y la cantidad, el porcentaje retenido será distinto:
Para un solo cobro:
En forma de renta:
Una de las formas de ahorrar dinero en la declaración de la Renta cuando se contrata un seguro de vida, es hacer una declaración individual en el caso de que haya dos titulares de una hipoteca. De esta forma, cada uno de los titulares podrá deducir parte de la prima, lo que supone un ahorro significativo para ambos.
Existen varios seguros asociados a una hipoteca, como el seguro del hogar o el seguro de protección de pagos, que también se pueden deducir junto con el seguro de vida en la declaración de la renta. Sin embargo, solo se pueden deducir si están vinculados a la hipoteca. Un seguro del hogar contratado por cuenta propia sin estar vinculado a una hipoteca no desgrava en la declaración de la renta.
Por otro lado, un trabajador autónomo puede deducir otros tipos de seguros, como:
En conclusión, para saber si desgrava el seguro de vida o no, hay que tener en cuenta varios factores como si el seguro forma parte de una hipoteca o si está relacionado con un plan de ahorro. Con la posibilidad de deducir el seguro de vida, esta opción sólo se contemplaría si dicho seguro está expresamente detallado en la constitución de la hipoteca como parte de los gastos asociados a la misma. No obstante, esta consideración no es absoluta, ya que existen casos en los que la Agencia Tributaria no lo ha reconocido como tal. Además, en caso de modificaciones posteriores, podría dejar de considerarse como un gasto deducible.
Por lo tanto, nuestra recomendación es no contemplar la deducción de este seguro, ya que la decisión final en materia de asesoramiento fiscal debe ser proporcionada por un gestor personal.