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Lucro cesante: ¿en qué consiste la cobertura de pérdida de beneficios?

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Seguro que has oído hablar de una cobertura llamada lucro cesante. Es una garantía muy interesante a tener en cuenta, ya que cubre una de las mayores preocupaciones de una empresa, pyme o autónomo: la pérdida de beneficios. En este artículo te contamos más al respecto. 

¿Qué es la cobertura de lucro cesante o de pérdida de beneficios?

Es importante mantener tu negocio protegido frente a cualquier situación, y para ello, los seguros para comercios suelen incluir la cobertura de “lucro cesante” o "pérdida de beneficios". Las aseguradoras saben que la mayor preocupación para una empresa es su economía y por ello les parece muy importante ofrecer coberturas útiles a los comercios y, sobre todo, que ejerzan una función de restablecimiento de aquello que la empresa no podría recuperar por sí sola.

Ventajas de la cobertura de lucro cesante

Hoy en día, es esencial para el bienestar económico de tu empresa ante posibles imprevistos y/o accidentes tener contratada la cobertura de "pérdida de beneficios" o "lucro cesante"

Esta funciona de la siguiente forma:

  • En caso de pérdida de rendimiento económico a causa de una interrupción temporal, total o parcial, se encargará de cubrir el problema en el supuesto de que esa paralización se haya producido a consecuencia de un siniestro (siempre y cuando esté cubierto por el seguro contratado y se vaya a reanudar la actividad después del siniestro).
  • También pueden afectar a tus ingresos las obras, zanjas y socavones producidos en la vía pública por sucesos accidentales, como escapes de agua, que te obliguen a cerrar tu establecimiento al impedirse al acceso al mismo, para los que es muy positivo estar preparados.

El objetivo que persigue esta cobertura es el de obtener el mismo resultado de explotación en la cuenta de pérdidas y ganancias que hubiera obtenido la empresa de no haber sufrido el siniestro. La empresa aseguradora se compromete a indemnizar al asegurado por haber sufrido una pérdida monetaria.

Además, los seguros más completos presentan diferentes modalidades que se adaptarán a tus necesidades:

  • En algunos casos, podrás elegir una cobertura que te ofrezca una indemnización diaria por una cantidad pactada por cada jornada laborable de cierre del establecimiento.
  • En otros, tienes la opción de pactar un capital de beneficio bruto, que suele ser el correspondiente al último ejercicio económico, y proteger tus ingresos si por el siniestro se produce una reducción del volumen de tu negocio o un aumento del coste de la explotación.
  • Y si eres propietario de un local, y lo tienes alquilado a un tercero para su explotación, también podrás proteger tus ingresos si por un siniestro dejas de recibir el importe de dicho alquiler, en lo que suele denominarse cobertura de pérdida de alquileres.

Diferencia entre los daños directos y los daños indirectos

Tu empresa no solo puede sufrir los daños directos que producen los accidentes cubiertos por los seguros habitualmente, sino que también se pueden producir daños indirectos. Es decir, pérdidas económicas a consecuencia de la disminución en la actividad, traducido a una reducción en las ventas respecto de las esperadas, teniendo que soportar, además, unos gastos permanentes. Para soportar estos daños indirectos tu empresa necesita la cobertura de “lucro cesante”.

¿Cuáles son las obligaciones de los asegurados y de la aseguradora?

El asegurado debe cumplir con unas obligaciones especificadas en las cláusulas del contrato del seguro adquirido o de lo contrario no estará en su derecho de recibir la indemnización. 

Obligaciones del asegurado

En el caso de la cobertura de "lucro cesante", el asegurado deberá:

Contabilidad

Llevar las cuentas de su negocio y guardar la actividad de sus libros de contabilidad, inventarios y balances de los tres últimos años en un lugar seguro y diferente para cada uno. Tendrá que someterlos al examen del asegurador cuando este lo solicite.

Aviso de siniestro

Avisar al asegurador, dentro de las 24 horas, de cada daño material que pueda producir una pérdida de beneficios.

Minimización de la pérdida

Siguiendo las instrucciones del asegurador, tomar las medidas posibles para evitar o reducir la pérdida. 

Obligaciones de la aseguradora

La aseguradora también tiene que cumplir unos requisitos previamente reflejados en el contrato del seguro prestado. Esta tiene la obligación de:

Pago de la indemnización

Pagar la indemnización debida como consecuencia del siniestro indemnizable e incluido en los términos señalados del contrato.

Notificación expresa

En caso de que la aseguradora considere que el siniestro no es indemnizable, deberá notificárselo de forma escrita a la empresa asegurada.

Una opción interesante y favorecedora

En conclusión, el hecho de escoger un seguro para comercios es, en general, una forma de mantener tu negocio a salvo y protegido con un seguro de responsabilidad civil para empresas. 

Sin embargo, si este incluye la cobertura de "Pérdida de beneficios" o “Lucro cesante”, estarás blindando tus ingresos, es decir, incrementará tu tranquilidad. Tendrás presente que, en caso de siniestro, tu aseguradora cumplirá con su cometido e indemnizará a tu empresa por el valor de la facturación no percibida a causa del cese de la actividad de tu negocio. Esta elección añadirá valor a tu empresa, bienestar y seguridad para ti y tu familia.

La contratación de este tipo de seguros, te ofrecerá las mejores garantías y coberturas pensadas por y para tu negocio. La atención personalizada y las condiciones adaptadas al segmento de tu mercado son las características más destacables y ventajosas. Además, el asesoramiento que se ofrece en cuanto al hecho de adaptar tu póliza de seguro y la elección de aquello que necesites incluir o no en él, es un proceso completamente personalizado y detallado.

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