Seguro que has oído hablar de una cobertura llamada lucro cesante. Es una garantía muy interesante a tener en cuenta, ya que cubre una de las mayores preocupaciones de una empresa, pyme o autónomo: la pérdida de beneficios. En este artículo te contamos más al respecto.
Es importante mantener tu negocio protegido frente a cualquier situación, y para ello, los seguros para comercios suelen incluir la cobertura de “lucro cesante” o "pérdida de beneficios". Las aseguradoras saben que la mayor preocupación para una empresa es su economía y por ello les parece muy importante ofrecer coberturas útiles a los comercios y, sobre todo, que ejerzan una función de restablecimiento de aquello que la empresa no podría recuperar por sí sola.
Hoy en día, es esencial para el bienestar económico de tu empresa ante posibles imprevistos y/o accidentes tener contratada la cobertura de "pérdida de beneficios" o "lucro cesante".
Esta funciona de la siguiente forma:
El objetivo que persigue esta cobertura es el de obtener el mismo resultado de explotación en la cuenta de pérdidas y ganancias que hubiera obtenido la empresa de no haber sufrido el siniestro. La empresa aseguradora se compromete a indemnizar al asegurado por haber sufrido una pérdida monetaria.
Además, los seguros más completos presentan diferentes modalidades que se adaptarán a tus necesidades:
Tu empresa no solo puede sufrir los daños directos que producen los accidentes cubiertos por los seguros habitualmente, sino que también se pueden producir daños indirectos. Es decir, pérdidas económicas a consecuencia de la disminución en la actividad, traducido a una reducción en las ventas respecto de las esperadas, teniendo que soportar, además, unos gastos permanentes. Para soportar estos daños indirectos tu empresa necesita la cobertura de “lucro cesante”.
El asegurado debe cumplir con unas obligaciones especificadas en las cláusulas del contrato del seguro adquirido o de lo contrario no estará en su derecho de recibir la indemnización.
En el caso de la cobertura de "lucro cesante", el asegurado deberá:
Llevar las cuentas de su negocio y guardar la actividad de sus libros de contabilidad, inventarios y balances de los tres últimos años en un lugar seguro y diferente para cada uno. Tendrá que someterlos al examen del asegurador cuando este lo solicite.
Avisar al asegurador, dentro de las 24 horas, de cada daño material que pueda producir una pérdida de beneficios.
Siguiendo las instrucciones del asegurador, tomar las medidas posibles para evitar o reducir la pérdida.
La aseguradora también tiene que cumplir unos requisitos previamente reflejados en el contrato del seguro prestado. Esta tiene la obligación de:
Pagar la indemnización debida como consecuencia del siniestro indemnizable e incluido en los términos señalados del contrato.
En caso de que la aseguradora considere que el siniestro no es indemnizable, deberá notificárselo de forma escrita a la empresa asegurada.
En conclusión, el hecho de escoger un seguro para comercios es, en general, una forma de mantener tu negocio a salvo y protegido con un seguro de responsabilidad civil para empresas.
Sin embargo, si este incluye la cobertura de "Pérdida de beneficios" o “Lucro cesante”, estarás blindando tus ingresos, es decir, incrementará tu tranquilidad. Tendrás presente que, en caso de siniestro, tu aseguradora cumplirá con su cometido e indemnizará a tu empresa por el valor de la facturación no percibida a causa del cese de la actividad de tu negocio. Esta elección añadirá valor a tu empresa, bienestar y seguridad para ti y tu familia.
La contratación de este tipo de seguros, te ofrecerá las mejores garantías y coberturas pensadas por y para tu negocio. La atención personalizada y las condiciones adaptadas al segmento de tu mercado son las características más destacables y ventajosas. Además, el asesoramiento que se ofrece en cuanto al hecho de adaptar tu póliza de seguro y la elección de aquello que necesites incluir o no en él, es un proceso completamente personalizado y detallado.