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Cuota reducida para autónomos, ¿cuándo se puede acceder a ella?

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Según la Seguridad Social, durante el periodo comprendido entre 2023 y 2025, si estás de alta inicial en el Régimen de Autónomos puedes solicitar la aplicación de una cuota reducida para autónomos durante los primeros 12 meses de actividad. Si estás interesado en ella quédate a leer el siguiente post, te explicamos cómo y cuándo acceder a ella. 

¿En qué consiste la cuota reducida para autónomos?

La cuota reducida para autónomos se trata de una reducción del importe mensual que se abona por el hecho de ser trabajador autónomo a la seguridad social. Así pues, la cantidad resultante es de 80 euros durante un año

Como se ha mencionado, la cuota reducida se efectuará en los 12 primeros meses de actividad. No obstante, una vez que haya pasado este tiempo, también podrá aplicarse una cuota reducida durante el siguiente año. Sin embargo, esto se aplicará a quiénes tengan una previsión de obtener rendimientos económicos netos anuales inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a ese período. 

¿Cuándo solicitar la cuota reducida para autónomos?

Sólo los nuevos trabajadores autónomos que se den de alta en 2023 en el Régimen de Autónomos pueden solicitar la aplicación de una cuota reducida de 80 euros mensuales, también conocida como tarifa plana. Es decir, solo pueden acceder aquellos que no hayan estado dados de alta en los dos años anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta.

La solicitud de la misma debe realizarse en el momento del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Cuota reducida para autónomos para personas con discapacidad

En el caso de las personas con una discapacidad igual o superior al 33% o que hayan sido víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo podrán solicitar la cuota reducida para autónomos equivalente a 80 euros durante los primeros 24 meses.

De igual modo, una vez terminado dicho periodo, en el caso de que el rendimiento neto de estos autónomos sea igual o menor al salario mínimo, podrán solicitar que se les aplique la cuota reducida otros 36 meses. Esto significa que durante ese periodo el importe que deberán pagar será de 160 euros.

Cuota reducida para autónomos tras la maternidad

En el caso de que la autónoma se quede embarazada, al realizar la incorporación de nuevo a su trabajo, una vez finalizado su descanso por maternidad, cuenta también con una cuota reducida durante los primeros 12 meses.

Esta reducción consiste en una tarifa plana de 60 euros mensuales, si la base de cotización es la mínima. Si, por contra, la base de cotización es superior a la mínima, la bonificación corresponde al 80% de la cuota.

No obstante, para que se pueda disfrutar de esta ventaja es necesario que la reincorporación se realice dentro de los 2 años siguientes a la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento.

Como ves, estas son las diferentes situaciones en las que puedes hacer la solicitud de la cuota reducida de autónomos. Infórmate sobre tu situación personal y, si lo necesitas, consulta con algún profesional. De este modo, podrás obtener la reducción que se adapte a ti, en los plazos y tiempos que te pertoquen. 

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