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¿Los autónomos cotizan? Te resolvemos las dudas

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Una de las dudas más frecuentes de las personas que desean emprender para trabajar por cuenta propia y tener su propio negocio es si los autónomos cotizan y cómo lo hacen. Para ayudarte despejar estos interrogantes, a continuación hemos preparado una guía completa en la cual te explicamos todo lo que necesitas saber al respecto. ¡Lee con atención!

Qué es cotizar

Lo primero que debes saber es que todos los trabajadores deben cotizar en la Seguridad Social. 

Es decir, que todas aquellas personas que trabajen, ya sea por cuenta ajena (asalariados) o por cuenta propia (autónomos), deben pagar una cuota mensual de sus ingresos al Estado en forma de retención. 

Cotizar supone para los trabajadores tener acceso a protección, como por ejemplo a las prestaciones de paternidad y maternidad, por desempleo, incapacidad, jubilación… y además asegura el derecho del trabajador a la asistencia sanitaria. 

Así es la cotización de un autónomo

Como hemos explicado, todos los trabajadores, tanto asalariados como autónomos, deben cotizar. Sin embargo lo hacen de formas distintas. Veamos en qué se distinguen. 

Régimen General vs RETA

La primera diferencia entra cotizar como autónomo o como asalariado tiene que ver con el Régimen a través del cual se gestionan sus aportaciones a la Seguridad Social: 

  • La cotización de un trabajador por cuenta ajena se realiza a través del Régimen General. En este régimen, son las empresas las que pagan las cuotas mensuales a la Seguridad Social de cada uno de sus empleados. La cantidad a abonar dependerá del salario de cada uno de ellos: cuanto más ganen, más pagarán. 
  • La cotización de un autónomo se realiza a través del RETA, es decir, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Una vez que el autónomo se haya dado de alta en el RETA, será él mismo quien deba pagar mes a mes sus cuotas a la Seguridad Social. La cantidad a abonar no dependerá en este caso de lo que gane el autónomo, sino de la base de cotización que haya escogido. 

Pero, ¿qué son las bases de cotización? Veámoslo.

Bases de cotización 

La base de cotización es la cantidad de dinero sobre la cual se calcula la cotización que un trabajador debe abonar a la Seguridad Social. 

  • En el caso de los asalariados, como hemos comentado, se calcula sobre la remuneración mensual bruta que reciben al mes, es decir, a su salario antes de descontar impuestos. Así pues el trabajador no puede escoger cuánto cotizar, sino que cotiza en función a lo que gana. 
  • En el caso de los autónomos, el cálculo se realiza sobre la base de cotización que el propio trabajador elige, dentro de un mínimo y un máximo. Por lo tanto, cuanto más alta sea la base que escoja para cotizar, mayor será la cuota que pagará a la Seguridad Social todos los meses. 

Las bases de cotización generales entre las que puede escoger un autónomo se encuentran en la siguiente horquilla:

  • Base mínima: 960,60 euros mensuales.
  • Base máxima: 4.139,40 euros mensuales.

Puedes consultar todas las bases mínimas y máximas de cotización especiales, incluyendo los casos de los trabajadores individuales y los trabajadores ambulantes o dedicados a la venta a domicilio, además de los autónomos en situación de pluriactividad, en la página web de la Seguridad Social

Por otra parte, ten en cuenta que existen bonificaciones para las personas que se den de alta por primera vez en el RETA o que hayan pasado 2 años sin estar dadas de alta en este régimen.

Aumento de las cotizaciones con el paso de los años

Otra importante diferencia entre las cotizaciones de los asalariados con respecto a los autónomos es el aumento de las cuotas con el paso de los años. 

Y es que los trabajadores autónomos pueden aumentar o disminuir sus cuotas hasta cuatro veces al año

Sin embargo, cuanto cumplen 48 años de edad se encuentran con restricciones que deben tener en cuenta:

  • Los trabajadores por cuenta ajena que cumplan 48 años deben cotizar por un mínimo de 1.035 '90 y un máximo de 2.113' 20 euros al mes de forma obligatoria. Es decir, que ya no pueden reducir sus cuotas por debajo de 1.035 '90 euros mensuales ni aumentarlas por encima de los 2.113' 20. 
  • Además, los autónomos con 48 años o más con 5 o más años cotizados antes de los 50 años cuya base de cotización fuera igual o menor a 2.077 '80 euros al mes deberán cotizar por un mínimo de 960' 60 y un máximo de 2.1130 '20 euros al mes. Por otra parte, si la última base de cotización fuera superior a 2.077 '80 euros, cotizarán por un mínimo de 960' 60 y un máximo de su última base de cotización incrementando en un 1 '70% el tope de la base máxima. 

Por qué no es aconsejable que un autónomo cotice por la base mínima si puede permitirse pagar una cuota más alta

Como podrás imaginar, dado que los autónomos pueden elegir la base de cotización sobre la cual desean calcular sus cuotas, muchos deciden cotizar por la base mínima con el objetivo de pagar lo mínimo posible. 

Sin embargo, cotizar por bases más altas tiene muchas ventajas

  • En primer lugar da derecho a una futura pensión de jubilación más alta
  • Además, las cotizaciones cubren posibles contingencias presentes como la baja por enfermedad o accidente, la incapacidad permanente, la invalidez, la baja por maternidad y paternidad, la viudedad, la orfandad o el cese de actividad. En todos estos casos, a mayor cotización, mayores ayudas. 

Como ves, cotizar por bases más altas tiene contrapartidas muy importantes, así que considéralas si deseas convertirte en autónomo y empezar a trabajar por tu cuenta.

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