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¿Qué es el rendimiento del capital mobiliario?

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Entre los muchos conceptos que figuran en la declaración de la renta, encontramos el rendimiento del capital mobiliario. Es complicado saber qué es cada concepto y cuándo y cómo se debe declarar en la declaración de la renta, por eso vamos a intentar resolver todas estas dudas sobre esta cuestión.

Definición de capital mobiliario

Dentro del patrimonio de una persona, hay dos conceptos que uno puede poseer: los bienes inmuebles y los bienes muebles:

  • Los bienes muebles incluyen todos aquellos bienes que uno puede trasladar de un lugar a otro. Estos pueden ser de variada índole, como puede ser un sofá o una cartera de inversiones. Por lo tanto, el capital mobiliario son todos los bienes que tiene una persona. Pero en la declaración de la renta no hay que incluir todos los bienes que se poseen. Solo tienes que hacer constar aquellos bienes que generan un rendimiento. Un sofá no genera beneficios económicos de por sí, pero una cartera de inversiones sí. O una pérdida económica. Por eso en la declaración de la renta solo se centra en aquellos bienes muebles que generan un aumento o una pérdida del patrimonio de una persona. 
  • Los bienes inmuebles, al contrario que los bienes muebles, son aquellos bienes que no pueden trasladarse, pero siguen siendo un objeto tangible. Estos bienes poseen una situación fija en el espacio, por lo tanto, es imposible moverlos sin que haya un deterioro, y permanecen inmóviles en el lugar que les asignó la naturaleza (por este motivo también son llamados bienes raíces). En esta categoría podemos encontrar un terreno, un edificio, una cantera o una máquina destinada a la explotación de un terreno.

Por lo tanto, podemos definir el rendimiento del capital mobiliario como aquellos activos que generan unos intereses, como puede ser las cuentas bancarias, los bonos, títulos de renta fija, plusvalías o dividendos de acciones. También entran conceptos como cobros de un seguro de vida o de invalidez, siempre y cuando no se consideren como rendimientos del trabajo.

¿Cómo tributa el rendimiento del capital mobiliario?

Para calcular el rendimiento del capital mobiliario, se tiene en cuenta según la ley, los siguientes rendimientos íntegros:

  • Rendimientos que se obtienen por la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad.
  • Rendimientos que se obtienen por la cesión de capitales propios a terceros.
  • Rendimientos que se obtienen de operaciones de capitalización, de contratos de seguro de vida o invalidez, siempre y cuando no sean rendimientos del trabajo.
  • Otros rendimientos de capital mobiliario.

Estos rendimientos se tributan por tramos, y estos tramos son:

  • Rendimientos de 0 a 6.000€, tributan con un 19%.
  • Rendimientos de 6.001€ a 50.000€, tributan con un 21%.
  • Rendimientos de 50.001€ en adelante, tributan con un 23%.

Está pendiente de aprobarse un cuarto escalón, que sería para rendimientos superiores a los 140.000€, y tendría una tributación del 27%. 

Están exentos de tributar rendimientos de Letras del Tesoro y de las rentas derivadas de la transmisión de renta fija cotizada.

¿Y si tengo pérdidas en el patrimonio?

Es posible tener pérdidas patrimoniales en vez de ganancias. Si inviertes en un valor, y vendes por debajo del precio de compra, sufrirás una pérdida patrimonial.Así, las ganancias patrimoniales tributan al igual que el rendimiento del capital mobiliario.

En el caso de tener pérdidas patrimoniales, estas se pueden restar de las ganancias obtenidas por el rendimiento del capital mobiliario, lo que dará un rendimiento neto. Si este rendimiento neto es negativo, no se puede compensar. Pero sí se puede llevar a futuras declaraciones para compensar las ganancias obtenidas, dentro de los 4 años siguientes de haber obtenido un rendimiento neto negativo. 

Este tipo de conceptos. como el rendimiento del capital mobiliario, pueden llegar a ser complicados y tediosos si no eres un entendido del tema. Por eso, siempre recomendamos tener el asesoramiento de un experto en el tema, que pueda guiar a la hora de efectuar la declaración de la renta. 

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