La jubilación de autónomos a los 60 años es posible… aunque en casos muy concretos y poco numerosos. En este artículo te informamos de ello y, en general, de la jubilación anticipada de los trabajadores por cuenta propia.
Según indica la propia Seguridad Social, la jubilación de los autónomos a los 60 años se contempla para quienes tengan “la condición de mutualista”, cumplan los requisitos generales (que veremos unas líneas más abajo) y se encuentren en uno de estos dos grupos:
Todos los demás autónomos, que son la inmensa mayoría, deberán esperar a cumplir, al menos, una edad de dos años menos a “la edad que reglamentariamente le sería de aplicación” y “alcance el resto de los requisitos exigidos”, que abordamos en el siguiente apartado.
Como en 2013 se acordó retrasar la edad de jubilación de forma progresiva, la edad reglamentaria de jubilación, a fecha de febrero de 2018, es 65 años y 6 meses. Por tanto, el trabajador autónomo podrá jubilarse anticipadamente a partir de los 63 años y 6 meses.
Cuando termine ese periodo transitorio de retraso progresivo, que es en 2027, esa edad reglamentaria será de 67 años, por lo que, la edad de jubilación anticipada del autónomo será de 65 años.
Además de haber cumplido la edad mencionada, la jubilación de los autónomos puede anticiparse si se cumplen estos requisitos exigibles:
En el caso de anticipar su jubilación, los autónomos experimentarán una reducción en la cuantía a percibir, conforme a unos determinados coeficientes reductores, que va del 2% por trimestre para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses hasta el 1,625% por trimestre para quienes hayan cotizado 44 años y 6 meses o más.
En cualquier caso, existen excepciones tanto a la cuantía como al periodo de cotización de determinados colectivos, como los del sector agrario o los trabajadores autónomos contratados a tiempo parcial. Además, hay que tener cuenta que debido a la crisis demográfica y a las fluctuaciones del número de afiliados a la Seguridad Social, el sistema de pensiones español está en continua revisión. De hecho, las propuestas de mejora o ajuste del denominado Pacto de Toledo son recurrentes en cada legislatura.
Por todo ello y ante la posibilidad de eventuales cambios y la complejidad del tema, te recomendamos contar con el asesoramiento de un gestor y seguir con atención este tema por si alguno de los puntos aquí tratados se modifica en el futuro.
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