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excedencia pactada

Excedencia pactada: ¿qué tipos de excedencia existen y qué implica cada una?

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La excedencia es una herramienta que tiene un trabajador para dejar de trabajar un tiempo limitado sin extinguir la relación laboral con la empresa. Es un procedimiento que cualquiera puede usar, por la circunstancia que sea. Existen diversos tipos de excedencia, y la excedencia pactada es una de ellas. En este post te contamos en qué consiste cada tipo.

¿Qué es una excedencia?

La excedencia, registrada en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, es la herramienta por la cual la persona trabajadora puede cesar la relación laboral que tiene con la empresa, por un tiempo determinado y por ciertas causas. Estas causas, a las que se va a dedicar mientras no trabaja en dicha empresa, pueden ser el cuidado de un familiar, trabajar en otra empresa (de otro sector), iniciar una actividad de emprendimiento, o incluso unas vacaciones de larga duración. 

Durante el periodo de excedencia la persona trabajadora no percibe salario y el tiempo transcurrido de excedencia no computa en la vida laboral.

Tipos de excedencia

Los tipos de excedencia vienen dados por la causa que provoca la excedencia. Existen tres tipos: 

  • Excedencia pactada
  • Excedencia voluntaria 
  • Excedencia forzosa

Excedencia pactada

La excedencia pactada se produce cuando la persona trabajadora y la empresa están de acuerdo en suspender de manera temporal el contrato de trabajo que les vincula. 

La duración de la excedencia pactada vendrá determinada por el acuerdo al que hayan llegado las partes y no computa a efectos de cotizaciones. El resto de condiciones se determinan en el pacto.

Excedencia voluntaria

La persona trabajadora puede solicitar la excedencia voluntaria si cumple los siguientes requisitos:

  • Antigüedad de 1 año en la empresa.
  • No haber disfrutado de una excedencia en los últimos 4 años.

La excedencia voluntaria suele tener una duración de entre 4 meses y 1 año, aunque estos límites pueden variar, según la causa que motive la excedencia. Hay que tener en cuenta que esta excedencia no reserva el puesto de trabajo, sino que daderecho de preferencia de reingreso si existe alguna vacante en la empresa. Esto, claro está, a no ser que el convenio colectivo dicte lo contrario.

Excedencia voluntaria por cuidado de hijos, y niños adoptados o acogidos, menores de 12 años 

Esta excedencia suele darse en casos de nacimiento, adopción o acogimiento de un menor de 12 años. En estos casos sí se garantiza el puesto de trabajo durante un año, transcurrido el cual se tiene derecho a reserva de un puesto de trabajo de categoría equivalente a la que venía desarrollando. 

La duración máxima de esta excedencia es de 3 años y computa a efectos de antigüedad, cotizaciones y asistencia a cursos de formación profesional.

Excedencia voluntaria por cuidado de familiares

Esta excedencia solo se puede solicitar cuando el familiar se encuentre en situación de incapacidad o enfermedad grave, y tenga hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad. 

La duración máxima es de 2 años, se guarda el puesto durante el primer año y después se reserva un puesto similar. Este periodo cuenta a efectos de antigüedad, cotizaciones y asistencia a cursos de formación profesional.

Excedencia voluntaria por intereses particulares

Para tener derecho a esta excedencia se debe haber trabajado al menos 1 año en la empresa. Al regresar, si hay una vacante de similar categoría, la persona trabajadora tiene preferencia para ocupar el puesto. 

La excedencia voluntaria por intereses particulares no computa a efectos de antigüedad, cotizaciones o prestaciones sociales.

Excedencia forzosa

Esta excedencia está dirigida a aquellas personas trabajadoras que han sido elegidas para ocupar un cargo público y, por esta razón, no pueden ejercer su puesto de trabajo habitual. La duración de esta excedencia depende del tiempo que la persona esté en el cargo público. Se mantiene el puesto de trabajo y computa a efectos de antigüedad.

La excedencia pactada es uno de los mecanismos por los cuales la persona trabajadora puede dejar de trabajar en una empresa por un periodo determinado, durante el que no trabaja en esa empresa y se dedica al motivo que le ha llevado a pedir la excedencia. Normalmente, al regreso de una excedencia la persona tiene asegurado su puesto de trabajo, o tiene preferencia para ocupar uno similar.

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