A veces llegan momentos en la vida laboral en los que es necesario darse de baja como trabajador. En el caso de los autónomos el proceso a seguir tiene que ser ejecutado por ellos mismos. En ese sentido, cuando se presenten causas adversas como pueden ser la jubilación, el cese de la actividad o la incompatibilidad con otro contrato laboral y quiera finalizar, ya sea de manera temporal o definitiva, su alta como autónomo, debe de seguir unos pasos para formalizar la baja correctamente.
De este modo, si eres autónomo y quieres finalizar tu actividad como trabajador por cuenta propia tienes que seguir una serie de gestiones obligatorias. Los trámites de baja de autónomos no son muy distintos a los de cómo darte de alta y los puedes realizar tanto de forma presencial como online. No obstante, hay una serie de aspectos a los que hay que tomarle atención.
Si tienes dudas sobre cómo puedes hacerlo, no te preocupes. En este artículo te vamos a transmitir las diferentes maneras mediante las cuales hacer oficial tu baja como autónomo.
Como ya se ha mencionado, existen diferentes fases para poder llegar a tramitar la baja de autónomo:
Del mismo modo, se concretan los motivos del cese de la actividad. Entre ellos las opciones que la Agencia Tributaria específica son:
En el caso de autónomos que trabajen con otros países de la Unión Europea también se tienen que presentar los modelos trimestrales.
Como normal general, cualquiera que lo desee puede darse de baja temporalmente y regresar a la actividad cuando quiera. La última Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo de 2017 apunta que puedes hacerlo hasta 3 veces al año. Los pasos para hacerlo son a través de Hacienda y la Seguridad Social, del mismo modo que ya se ha mencionado. También es totalmente válida la baja por maternidad.
Prestar especial atención y dedicación a realizar bien cada una de las pautas te ayudará a no tener que lidiar con posibles problemas, ya que, si no solicitas la baja de actividad a tiempo o cometes algún error a la hora de cumplimentar los documentos, será efectiva a partir del primer día del mes siguiente, por lo que hasta ese momento seguirás de alta y deberás seguir abonando la cuota de autónomos. Por ello, ten en cuenta todo lo que se ha ido aclarando, organizando los trimestres fiscales para planificar la fecha de fin de tu actividad de manera que sea menos gravosa y lo más sencilla posible para ti.